Señales y marcas viales
Qué señal manda cuando dos se contradicen, los gestos de los agentes, cada luz del semáforo, las señales verticales por familias, las obras y las marcas pintadas en la calzada.
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Qué señal manda
- Orden de preferencia: 1.º agentes de tráfico; 2.º señalización circunstancial y balizamiento (conos, paneles…); 3.º semáforos; 4.º señales verticales; 5.º marcas viales. RGC art. 133.1
- Si dos señales se contradicen, manda la de rango superior según ese orden. Si son del mismo tipo, la más restrictiva. RGC art. 133.2
- Hay que obedecer las señales aunque parezcan contradecir las normas de circulación, salvo circunstancias especiales que lo justifiquen. RGC art. 132.2
- Se obedecen los semáforos y señales de la derecha, encima de la calzada o encima del carril. Si no hay y va a girar a la izquierda o seguir recto, los de la izquierda. Si derecha e izquierda dicen cosas distintas, quien gira a la izquierda o sigue de frente obedece solo los de su izquierda. RGC art. 132.3
- Las señales de reglamentación rigen desde el punto donde están, salvo que un panel debajo indique a qué distancia empiezan. RGC art. 145.4
- Una señal de reglamentación junto al cartel con el nombre del poblado se aplica a todo el poblado, salvo que otras señales digan otra cosa en algún tramo. RGC art. 145.3
Señales de los agentes
- Brazo levantado en vertical: se detienen todos los que se acercan, salvo quien no pueda hacerlo con seguridad. En un cruce no obliga a los que ya han entrado en él. RGC anexo I, 1.1.a
- Hay que parar ante la línea de detención más cercana o, si no la hay, justo antes del agente. En un cruce, antes de entrar. RGC anexo I, 1.1.a
- Brazo o brazos extendidos en horizontal: se detienen los que llegan de direcciones que cortan la que marcan los brazos, vengan en el sentido que vengan. Sigue valiendo aunque baje los brazos, si no cambia de posición ni hace otra señal. RGC anexo I, 1.1.b
- Balanceo de una luz roja o amarilla: se detienen aquellos hacia los que dirige la luz. Brazo moviéndose de arriba abajo: hay que reducir la velocidad. RGC anexo I, 1.1.c y d
- Silbato: toques cortos y frecuentes, detenerse; un toque largo, reanudar la marcha. RGC anexo I, 1.1.e
- Desde un vehículo: brazo extendido hacia abajo, inclinado y fijo, o luz roja intermitente hacia delante, significan detenerse en el lado derecho. Bandera roja: la calzada queda cerrada tras ese vehículo; verde: se abre de nuevo; amarilla: atención, peligro. RGC anexo I, 1.2
- El personal de obras y el que acompaña a transportes especiales puede regular el paso con paletas, y hay que seguir sus indicaciones. RGC art. 141.4 y 60.5
Semáforos
- Rojo fijo: prohibido pasar. No se rebasa el semáforo ni la línea de detención; si el semáforo está dentro o al otro lado del cruce, no se entra en él. RGC anexo I, 4.2.a
- Rojo intermitente (o dos rojos alternos): prohibido pasar. Se usa en pasos a nivel, puentes móviles, salidas de bomberos o donde pasan aviones a poca altura. RGC anexo I, 4.2.b
- Amarillo fijo: hay que parar como en rojo, salvo que esté tan cerca que no pueda detenerse antes del semáforo con seguridad. RGC anexo I, 4.2.c
- Amarillo intermitente: extremar la precaución y, si toca, ceder el paso. No le libra de otras señales que obliguen a detenerse, como un STOP. RGC anexo I, 4.2.d
- Nuevo En los pasos de peatones con semáforo para peatones, por regla general, el amarillo intermitente para vehículos no puede coincidir con el verde fijo de los peatones y va precedido del rojo fijo. RGC anexo I, 4.2.d
- Verde fijo: paso con prioridad, pero no entre en el cruce o paso de peatones si va a quedarse parado bloqueándolo. RGC anexo I, 4.2.e y art. 59.1
- Flecha negra sobre rojo o amarillo: la luz vale solo para el movimiento de la flecha. Flecha verde: puede ir en esa dirección aunque haya otra luz encendida, con precaución, dejando pasar a los del carril al que se incorpora y sin poner en peligro a quien esté cruzando. RGC anexo I, 4.2.f y g
- Peatones: rojo, no empezar a cruzar; verde intermitente, se acaba el tiempo y va a ponerse rojo. RGC anexo I, 4.1
- Semáforos de carril (cuadrados): aspa roja, prohibido ocupar ese carril (si va por él, déjelo cuanto antes); flecha verde hacia abajo, carril permitido; flecha blanca o amarilla oblicua, cámbiese al carril que indica porque el suyo se cierra. RGC anexo I, 4.3
- Silueta de bici en el semáforo: solo para ciclos. Franja blanca sobre fondo negro: solo para tranvías y autobuses de línea (o los del carril reservado). RGC anexo I, 4.4
Peligro y prioridad
- Las de peligro son triangulares con borde rojo y avisan de un peligro difícil de ver a tiempo. Un panel debajo puede indicar a qué distancia está o cuánto dura. RGC art. 144 y anexo I, catálogo (P-)
- P-1: cruce en el que usted tiene prioridad; los de la otra vía deben cederle el paso. RGC anexo I, catálogo (P-1)
- P-2: cruce en el que rige la regla general, la prioridad de la derecha. RGC anexo I, catálogo (P-2)
- R-1, ceda el paso: ceda en la próxima intersección a los que van por la vía a la que se acerca o por el carril al que se incorpora, deteniéndose si es preciso. RGC anexo I, catálogo (R-1) y art. 56.5
- R-2, STOP: deténgase siempre ante la línea de detención (o, si no hay, justo antes del cruce) y ceda el paso. Si desde ahí no ve, vuelva a detenerse donde tenga visibilidad. RGC anexo I, catálogo (R-2)
- R-3: su calzada tiene prioridad en los cruces. R-4: se acerca el lugar donde la pierde. RGC anexo I, catálogo (R-3 y R-4)
- Paso estrecho: con R-5 no entre mientras no pueda cruzarlo sin obligar a parar a los que vienen de frente; con R-6 la prioridad es suya. RGC anexo I, catálogo (R-5 y R-6)
Prohibición y restricción
- R-100: circulación prohibida a toda clase de vehículos en ambos sentidos. R-101: entrada prohibida a toda clase de vehículos. RGC anexo I, catálogo (R-100 y R-101)
- R-301, velocidad máxima: rige hasta la próxima de fin de limitación, de fin de prohibiciones u otra de velocidad máxima. Si está en el mismo poste que una de peligro, acaba cuando acaba el peligro. En una vía sin prioridad, deja de valer al salir de un cruce con una vía con prioridad. RGC anexo I, catálogo (R-301)
- R-305: prohibido adelantar a vehículos de motor cuando haya que invadir el sentido contrario, hasta la señal de fin de prohibición de adelantamiento o de fin de prohibiciones. RGC anexo I, catálogo (R-305)
- R-306: los camiones de más de 3.500 kg no pueden adelantar a vehículos de motor, aunque no invadan el sentido contrario. RGC anexo I, catálogo (R-306)
- R-303, giro a la izquierda prohibido, también prohíbe cambiar de sentido. R-304 prohíbe solo el cambio de sentido. RGC anexo I, catálogo (R-303 y R-304)
- R-307: prohibido parar y estacionar en el lado de la señal, desde ella hasta el próximo cruce (salvo indicación en contrario). R-308: prohibido estacionar, pero se puede parar. RGC anexo I, catálogo (R-307 y R-308)
- R-500, fin de prohibiciones: acaban todas las prohibiciones anteriores para vehículos en movimiento. RGC anexo I, catálogo (R-500)
Obligación e indicación
- Las de obligación son círculos azules: sentido obligatorio (R-400), paso obligatorio por un lado de la isleta (R-401), glorieta (R-402), vía obligatoria para ciclos (R-407a)… RGC anexo I, catálogo (R-400 a R-422)
- R-411, velocidad mínima: circule al menos a esa velocidad hasta otra mínima distinta, el fin de velocidad mínima o una máxima igual o inferior. RGC anexo I, catálogo (R-411)
- R-413: obligatorio llevar al menos el alumbrado de corto alcance (cruce), aunque haya buena visibilidad. R-412: no siga sin cadenas u otros dispositivos antideslizantes autorizados, o neumáticos especiales de nieve. RGC anexo I, catálogo (R-412 y R-413)
- S-7, en azul: velocidad aconsejada. Es una recomendación, no un límite. Debajo de una señal de peligro, vale mientras dura el peligro. RGC anexo I, catálogo (S-7)
- S-28, zona de estancia y juego: 10 km/h, prioridad para los peatones, se puede jugar y solo se aparca donde esté señalado. RGC anexo I, catálogo (S-28)
- S-47, zona de coexistencia: 20 km/h, los peatones tienen prioridad y pueden usar toda la calzada; los juegos no están autorizados. RGC anexo I, catálogo (S-47)
- S-500, entrada a poblado: desde ahí rigen las normas de circulación en poblado. S-510 marca dónde dejan de regir. RGC anexo I, catálogo (S-500 y S-510)
- Carril reservado (S-51a): si lo separa una línea discontinua, los demás pueden usarlo solo para maniobras que no sean parar, estacionar, cambiar de sentido ni adelantar, dejando siempre preferencia a los autorizados. RGC anexo I, catálogo (S-51a)
Obras y balizamiento
- La señal de obras (P-18) solo existe con fondo amarillo. RGC anexo I, catálogo, 2.5
- En obras, las señales de peligro y de reglamentación que normalmente son blancas llevan fondo amarillo. Las señales anteriores que no rigen durante la obra se tapan con adhesivo negro. RGC anexo I, catálogo, 2.5
- Las marcas viales nuevas que se pintan en obras son amarillas. Las blancas que sigan siendo válidas pueden mantenerse. RGC anexo I, catálogo de marcas viales, 2
- La señalización circunstancial que no es por obras (por ejemplo, por nieve o por un incidente en la vía) usa el naranja en lugar del amarillo. RGC anexo I, catálogo, 2.6
- Conos y balizas de borde provisionales: prohíben pasar por la línea, real o imaginaria, que los une. Luz roja fija: calzada totalmente cerrada. Luces amarillas fijas o intermitentes: prohíben cruzar la línea que las une. RGC anexo I, 3.1.1
Marcas viales
- Las marcas viales son blancas, salvo las excepciones del catálogo (las amarillas de parada y estacionamiento y las de obras). RGC anexo I, catálogo de marcas viales, 2
- Línea discontinua: no circule sobre ella salvo que lo exija la anchura del carril; se puede cruzar para maniobras permitidas, respetando a quien va por el otro carril. RGC anexo I, catálogo de marcas viales, 4.1
- Línea continua: no se cruza ni se pisa, y si separa sentidos no se circula por su izquierda. Dos continuas significan lo mismo que una. Las continuas de borde de calzada sí se pueden cruzar ocasionalmente si hay que invadir el arcén por una emergencia. RGC anexo I, catálogo de marcas viales, 4.1
- Continua junto a discontinua: cuenta solo la de su lado. Si empezó a adelantar desde el lado de la discontinua, puede cruzar la continua para volver a su carril. RGC anexo I, catálogo de marcas viales, 4.1 (M-3)
- Línea transversal continua (M-4.1): línea de detención por STOP, semáforo, agente, paso de peatones o paso a nivel. Discontinua (M-4.2): línea de ceda el paso. RGC anexo I, catálogo de marcas viales, 4.2
- Las marcas pintadas (STOP, ceda el paso, velocidad…) significan lo mismo que la señal vertical, pero solo para el carril donde están. RGC art. 147.2.e y anexo I, catálogo de marcas viales, 4.4
- Flecha de retorno (M-5.5): se acerca una línea continua; no empiece a adelantar o termine cuanto antes. Las flechas de selección que incluyen «de frente» no impiden cambiar de carril. RGC anexo I, catálogo de marcas viales, 4.3
- Cebreado: no se entra en esa zona, salvo los vehículos obligados a circular por el arcén. RGC art. 147.2.d
- Amarillas junto al bordillo: discontinua, prohibido estacionar; continua, prohibido parar y estacionar; zigzag, prohibido estacionar porque el sitio está reservado (bus, carga y descarga). RGC anexo I, catálogo de marcas viales, 4.7 (M-7.7 a M-7.9)
- Cuadrícula amarilla: no entre en el cruce si va a quedarse parado bloqueándolo, aunque el semáforo esté en verde o tenga prioridad. RGC anexo I, catálogo de marcas viales, 4.7 (M-7.10)
¿Leído? Ahora, a practicarlo.
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